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20 abril, 2007

INFORME DE MULABI –SOBRE EL CONSEJO DE DDHH DE LA ONU

CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE LA ONU

SESIÓN DE GRUPOS DE TRABAJO, ABRIL 10-26, 2007

Informe de Mulabi –

Espacio Latinoamericano de Sexualidades y Derechos

Como parte de la Iniciativa por los Derechos Sexuales1, Mulabi asistirá a la sesión de los Grupos de Trabajo del CDH, cuyo objetivo es presentar propuestas concretas al pleno del CDH en su 5ta Sesión (junio 2007) para la re-estructuración del Consejo.

Es un proceso importantísimo porque lo que está en juego es la posibilidad de que, como sociedad civil, podamos continuar contando o no con espacios independientes en el Consejo que nos permitan denunciar violaciones a los derechos humanos. Para quienes trabajamos en derechos sexuales también está en juego la posibilidad de seguir contando, o no, con aquellos espacios gracias a los cuales hemos logrado hasta ahora avances en cuanto al reconocimiento de los derechos sexuales como derechos humanos.

En este documento les presentamos un breve resumen de la situación actual en el CDH y las perspectivas futuras.

¿Qué son los Grupos de Trabajo y cuál es su tarea?

El Consejo de Derechos Humanos (CDH) de la ONU fue creado en 2005 como reemplazo de la Comisión de Derechos Humanos. Una de las primeras tareas encargadas al CDH fue la de revisar todos los componentes que formaban la antigua Comisión y decidir si los mismos serían conservados, modificados o descartados. Para cumplir con esa tarea, el CDH creó tres grupos de trabajo, formados por representantes de los distintos países que son miembros del CDH. Los grupos se han reunido ya dos veces (noviembre de 2006 y febrero de 2007); la reunión de abril 2007 será la última y del 11 al 18 de junio, en la 5ta. Sesión del CDH los grupos presentarán sus recomendaciones finales.

En teoría, el CDH puede votar para aceptar o no esas recomendaciones, pero en la práctica, el CDH funciona intentando llegar a un consenso antes de que una propuesta se presente en plenaria. Sólo en casos donde el consenso es imposible se llama a votación. En el caso de las propuestas de los Grupos de Trabajo, se estima que se intentará llegar con un texto consensuado que pueda aprobarse sin votación (esto a veces es muy peligroso porque implica que los países hacen toda clase de concesiones para evitar la votación, sobre todo cuando consideran que la podrían perder).

Algunas ONG –especialmente las que tienen sede en Ginebra- han estado participando activamente de los Grupos de Trabajo, a los que tienen permitido asistir y donde pueden hablar. También han preparado documentos con análisis y propuestas que, en muchos casos, han sido retomadas por algunos países y ya se están discutiendo. Es posible consultar los documentos que producen los Grupos de Trabajo, así como las síntesis de las discusiones, en la página de la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos. Al final de este documento encontrarán el detalle de cómo acceder, para quienes tengan interés.

¿Cuáles son los Grupos de Trabajo?

  1. Grupo de Trabajo sobre la Agenda, Programa de Trabajo Anual, Métodos de Trabajo y Reglas de Procedimiento del CDH
  2. Grupo de Trabajo sobre la Resobre el Examen Periódico Universal
  3. Grupo de Trabajo sobre la Cuestión de revisar y, cuando se considere necesario, mejorar y racionalizar todos los mandatos, mecanismos, funciones y responsabilidades para mantener un sistema de procedimientos especiales, consejo experto y procedimiento de queja.

Si bien todos son importantes, el grupo que resulta crítico para nosotr@s es el último, porque es el que se ocupa –entre otras cosas- de la continuidad o no de las Procedimientos Especiales (Relatoras y Relatores Especiales, Grupos de Trabajo etc.). Por eso mismo, vamos a hacer un resumen muy breve de la situación en cuanto a los dos primeros grupos, para concentrarnos en el último.


Resumen de los dos primeros Grupos de Trabajo

Grupo de Trabajo sobre la Agenda, Programa de Trabajo Anual, Métodos de Trabajo y Reglas de Procedimiento del CDH

La propuesta actual pone el acento en la “transparencia” y el “carácter incluyente” (valores que son muy importantes para el CDH, que busca diferenciarse de la Comisión), y prevé que –tal como sucede ahora- todos los documentos se coloquen en la extranet2 y sean accesibles.

El Consejo se reunirá tres veces por año.

Prevé la realización de “Sesiones Especiales” –en la sesión de marzo, por ejemplo, hubo una sobre Discapacidad (esto es importante tenerlo en cuenta para buscar gobiernos aliados y organizar eventualmente esas sesiones en temas que nos importan).

Todavía no han llegado a un acuerdo sobre si las decisiones se tomarán por mayoría simple o por 2/3 de los miembros

Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal

Se trata del mecanismo por el cual el CDH analizará la situación de los derechos humanos en los países miembros y observadores del Consejo.

Algunos puntos que están en discusión son los siguientes:

  1. Si los compromisos asumidos en conferencias internacionales (ej. Cairo o Beijing) y el derecho humanitario internacional serán criterios de examen o si sólo lo serán los pactos internacionales y los compromisos asumidos por el país al candidatearse para ser miembro del CDH.
  2. Si las ONG y las instituciones nacionales de DDHH formarán parte del examen y cómo harán sus aportes.
  3. El grado en el que el propio país examinado podrá contribuir a las conclusiones del examen.
  4. Qué hará el Consejo en el caso de un país que muestre “persistente no cooperación con el mecanismo”.

En este tema, la Iniciativa y una red muy amplia de organizaciones de mujeres y de derechos humanos nos estamos concentrando en intentar incluir la dimensión del género de manera explícita como un tema sobre el que los estados deberían ser examinados.

Revisión de los Procedimientos Especiales3

El sistema de procedimientos especiales se encuentra en una encrucijada. Está siendo sometido a revisión por parte del recientemente creado Consejo de Derechos Humanos. Si bien el proceso de revisión ofrece oportunidades para fortalecer al sistema, también puede ser utilizado por algunos Estados para debilitarlo.

La Comisión de Derechos Humanos creó varios procedimientos y mecanismos que estudian, monitorean e informan públicamente acerca de situaciones que afectan a los derechos humanos en determinados países o en cuanto a temas específicos. Estos son los “Procedimientos Especiales” que incluyen a las Relatoras y Relatores Especiales, Representantes del Secretario General y Expertos Independientes, que pueden dedicarse a un país en particular (Cuba, Camboya, Bielorrusia, Sudán, Burundi, territorios ocupados de Palestina, Myannmar, la República Democrática Popular de Corea, Congo, Haití, Somalía, Uzbequistán y Liberia tienen estos mandatos) o a un tema (Salud, Violencia contra las mujeres, Tortura, Libertad de expresión, Libertad de religión y creencias, Ejecuciones extrajudiciales, Defensores de Derechos Humanos., etc.) y los Grupos de Trabajo (como el de Desapariciones Forzadas, Utilización de Mercenarios, Personas de Ascendencia Africana, etc.).

El grupo de trabajo, presidido por el embajador de la República Checa, Tomas Husak, ha estado discutiendo varios temas importantes y en la mayoría de ellos hay propuestas que pueden afectar de manera negativa la independencia y la efectividad de los procedimientos especiales (PE).

Selección de las/os titulares de los mandatos

    Este es uno de los temas más polémicos, por el cual se enfrentan los Estados que quieren que los PE sean “electos” con los que quieren que sean “designados”.

    En la actualidad, el Presidente del Consejo “designa” a los PE, consultando con la mesa directiva del Consejo y con los grupos regionales (o sea, los países miembros del Consejo, que actúan como bloques nucleados en grupos).

    La postura del Grupo Africano (liderado por Argelia), el grupo Asiático (liderado por Arabia Saudí), la Organización de la Conferencia Islámica (liderada por Paquistán) y otros4 es que el Consejo elija directamente a los titulares de PE y algunas quieren que sólo los grupos regionales puedan proponer candidatos para los PE.

    La otra postura, de Argentina, Chile, México, la República de Corea, la Federación Rusa, Eslovenia y Suiza, es mantener el sistema actual. Algunos de ellos proponen que sea la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos (OACDH) quien proponga las/os candidatas/os. Este grupo considera que la elección por parte del Consejo politizaría el proceso y no garantizaría la competencia y la independencia de los PE.

    La OACDH ha propuesto que se forme un panel de expertas/os que desarrolle pautas y criterios que trazarían el perfil adecuado para cada PE y en base a las cuales se evaluarían a las/os candidatas/os. También propusieron colocar los currículum de las/os candidatas/os en el sitio de la OACDH en Internet.

    El Grupo Africano e India han pedido expresamente que las ONG no participen de ninguna manera en el proceso de selección.

    Algunos estados están intentando crear propuestas “híbridas”, que combinan partes de las dos ya mencionadas, para lograr un acuerdo.

El Código de Conducta y el Manual de los PE

Los propios PE han elaborado un Manual con la idea de que les sirva de guía y les permita tener pautas comunes de funcionamiento. Lo adoptaron en 1999 y desde entonces lo han ido revisando; la última edición es de junio de 2006.5 En este momento (hasta el 30 de abril) estarán recibiendo comentarios y sugerencias, inclusive de las ONG, y piensan adoptar la nueva versión en junio de 2007. Este manual es muy importante políticamente porque es la respuesta de los PE –que en su mayor parte son activistas y académicas/os de derechos humanos- a los intentos de los Estados por cercenar su independencia.

Algunos países han criticado con mucha fuerza a los PE y están decididos a restringir su trabajo en todo lo posible.

El Grupo Africano, la OCI, Bangladesh, China, Egipto, Irán, India, Filipinas, Singapur, Sri Lanka y Venezuela han dicho que no les corresponde a los PE crear su propio Manual, y que el Grupo de Trabajo y/o la OACDH deberían intervenir en la versión final. Filipinas, Bangladesh, Venezuela, Sri Lanka, China e Irán han dicho que la OACDH debería aprobar (o no) el Manual antes de que los PE puedan adoptarlo.

Pero lo peor es el “Código de Conducta” que algunos Estados han redactado con la idea de que los PE deban ajustarse a él. Lamentablemente (hay que recordar que los grupos Africano y Asiático juntos tienen mayoría en la OACDH) en su segunda sesión el la OACDH aprobó una Resolución ordenando al Grupo de Trabajo revisar el Manual que habían escrito los PE y redactar el Código de Conducta. Argelia, como líder del Grupo Africano, hizo circular un borrador del Código en marzo de este año6.

Australia, Canadá, Noruega, la República de Corea, Eslovenia, Suiza y el Reino Unido dijeron que no era necesario que el Grupo de Trabajo redactara un Código de Conducta porque existe una resolución de la Asamblea General que se ocupa de las Regulaciones que rigen el trabajo de funcionarios y expertos en misión (ST/SGB/2002/9, 18 de junio de 2002) cuyo contenido era suficiente. Los Estados que defienden la idea de que sean los propios PE, a través de su Manual, los que regulen su trabajo y preserven así su independencia son Canadá, Chile, Francia, Noruega, la República de Corea, Eslovenia, Suiza y el Reino Unido.

En los debates en torno a los métodos de trabajo de los PE y el Código, algunos países (el Grupo Africano, Bangladesh, China, Sri Lanka y Túnez) han pedido que se elaboren criterios de admisibilidad para las denuncias que reciban los PE y pautas para su interacción con los medios (que básicamente les prohíben hablar con los medios cuando visiten un país). También quieren exigirles una serie complicada y extensas de pasos previos a la escritura de una carta de protesta a un país por una situación de violación a los derechos humanos (por urgente que la misma sea) –lo que en la práctica implica que, sobre todo en situaciones urgentes, la intervención de los PE no servirá para nada.

Revisión individual de los mandatos

El Grupo Africano, Brasil, Colombia, India, Irán, Paquistán, Filipinas y EEUU han dicho que ha habido una proliferación de mandatos que ha tenido como consecuencia la duplicación innecesaria de esfuerzos y que se deben racionalizar (esta es una palabra clave en este debate) los PE eliminando algunos mandatos y fusionando otros entre sí.

Brasil, Colombia, India, Irán, Egipto y Venezuela sostienen que hay que desarrollar criterios para la creación de nuevos mandatos y que los que existen deben revisarse periódicamente para ver si continúan o no.

El Grupo Africano ha sugerido agrupar a los mandatos por áreas temáticas como “derechos económicos, sociales y culturales” y “derechos civiles y políticos”. También han dicho cuáles son los mandatos que consideran que deben continuar existiendo: las/os RE sobre pobreza , racismo y discriminación racial, derecho a la alimentación, derecho al desarrollo, educación, solidaridad internacional, los territorios palestinos ocupados y la libertad religiosa y de creencias. (¡¡¡Observen que el de violencia contra las mujeres no figura en la lista!!!!).

Cuba propuso reemplazar los Grupos de Trabajo sobre desapariciones forzadas, mercenarios y detención arbitraria por Relatoras/es individuales.

La Unión Europea, Argentina, Bélgica, Chile, México, Noruega, Perú, Suiza y el Reino Unido han dicho que las superposiciones entre mandatos son inevitables dada la naturaleza interrelacionada de los derechos humanos y que, más importante que ocuparse de esas superposiciones era identificar las “lagunas de protección” (es decir, los temas de derechos humanos que no están cubiertos actualmente por ningún PE) y procurar llenarlas.

Algunos países (China, Colombia, Cuba, Egipto, India, Irán, Filipinas, la Federación Rusa y Arabia Saudí) están presionando al Grupo de Trabajo para que comience a examinar los mandatos uno por uno, pero todavía no han presentado los criterios en base a los cuales se haría ese examen.

Todo el debate sobre la revisión y racionalización de los mandatos apunta, más que a los temáticos, a los mandatos de países (ver lista más arriba), sobre todo los que fueron creados sin el consentimiento del país involucrado. El Grupo Africano, Bangladesh, Bielorrusia, China, Cuba, la República Democrática Popular de Corea, India, Irán, Malasia y la ONG Movimiento Indígena Tupac Amaru sostienen que los mandatos por país deben ser eliminados, que la situación de cada país debe tratarse sólo mediante el Examen Periódico Universal o en sesiones especiales y que para crear en el futuro un mandato de país se debe contar con el consentimiento del país involucrado o una votación por mayoría de 2/3 en el Consejo.

Seguimiento y cooperación

El procedimiento actual es que los PE solicitan a los países que los inviten a visitarlos oficialmente y sólo pueden realizar esa visita si reciben la invitación. Cada vez que rinden su informe ante el Consejo, los PE mencionan los países a los que les han solicitado invitación, los que respondieron y los que no.

Argentina, Canadá, Noruega, Eslovenia, el Reino Unido y la ONG International Service for Human Rights han propuesto que todos los países miembros del Consejo extiendan una “invitación permanente” a todos los PE y que hacerlo sea considerado un requisito para poder ser miembro del Consejo.

Canadá, la Unión Europea, los Países Bajos, Eslovenia y Nueva Zelanda propusieron que se publique en la página de la OACDH la información acerca de si los países cooperan o no con los PE y que el Consejo elabore medidas a tomar en caso de no cooperación.

China, Irán y la Federación Rusa han dicho que extender una invitación permanente no es, de por sí, una prueba de que los Estados están dispuestos a cooperar, y que los Estados tienen el derecho de decidir si van a invitar a los PE o no.

La OCI, Colombia, India y la Federación Rusa dijeron que las recomendaciones de los PE no conllevan obligación legal en cuanto su cumplimiento y que les toca a los Estados la decisión de tomarlas en cuenta o no. India propuso que las recomendaciones de los PE sólo tengan carácter de obligación si las aprueba previamente el Consejo.

PARA CONSULTAR LOS DOCUMENTOS DE LOS GRUPOS DE TRABAJO Y, EN GENERAL, TODOS LOS DOCUMENTOS DEL CONSEJO (INCLUYENDO INFORMES DE RELATORAS/ES ESPECIALES)

  1. Ir a httpp://www.ohchr.org
  2. Ir a “órganos de derechos humanos”
  3. Ir a “consejo de derechos humanos”
  4. Ir a “Página extranet del consejo de derechos humanos” – “acceso usuario”
  5. Les va a pedir un nombre de usuario: hrc extranet
  6. Les va a pedir una contraseña: 1session
  7. A partir de allí, la mayoría de los documentos están en inglés, aunque no todos. Cuando al lado de un documento aparecen las letras E S C R A, eso significa que está en todos esos idiomas (S equivale a castellano). ¡Busquen bien, y suerte!

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